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mayo  7, 2024

(5411) 4371-2806

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Expt. Nº 6805/C - "Banco de la Nación Argentina c/ Alza Silvio Damián y otra s/monitorio ejecutivo" - CÁMARA DE APELACIONES DE GUALEGUAYCHÚ (Entre Ríos) - Sala Primera Civil y Comercial – 10/02/2021

EJECUTIVO - PAGARE LIBRADO EN GARANTÍA DE UN PRÉSTAMO EN “UVAS”: Las obligaciones que tienen por objeto UVAs son en sustancia deudas de valor. La UVA es una unidad que mide un valor (milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado de vivienda) que se ajusta diariamente por CER, índice que refleja la evolución de la inflación. El monto inicial del préstamo que el acreedor entrega en moneda de curso legal se expresa en cantidad de UVAs según su valor al tiempo del desembolso, y el deudor, al momento del reembolso debe entregar en moneda de curso legal el equivalente de la cantidad de UVAs a la fecha de efectivizarse el pago.

Citar: elDial.com - AAC3D2

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Términos mencionados en este fallo: obligaciones, ejecutivo, contractual.



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